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El Ministerio de Agricultura blinda la calidad de la trufa, nueva normativa para un etiquetado más transparente y justo

La Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria establece criterios estrictos para el uso del término “trufado”, protegiendo al consumidor y al productor

 

Productos trufados en una feria. Foto: Archivo Gastro Aragón.

 

A partir de ahora, solo los productos que contengan trufa natural podrán utilizar la mención “trufado”, prohibiéndose su uso en alimentos elaborados exclusivamente con aromas

 

 

 

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de la Industria Alimentaria, ha dado un paso histórico para la defensa de uno de los productos más emblemáticos de nuestra gastronomía: la trufa. Mediante un nuevo acuerdo adoptado el pasado 23 de marzo, se han establecido los criterios definitivos para el etiquetado de productos que utilicen el término “trufado”, garantizando que el consumidor reciba información veraz y que se ponga en valor el uso de la trufa real.

Esta resolución responde a una demanda histórica del sector y busca acabar con la confusión en el mercado, donde productos elaborados únicamente con aromas de síntesis utilizaban denominaciones descriptivas que inducían a error.

Transparencia total para el consumidor La nueva normativa establece cuatro pilares fundamentales que cambian las reglas del juego en el lineal del supermercado y en la alta charcutería:

  1. Respeto al término “Trufado”: Queda estrictamente prohibido el uso de
    la mención “trufado” en aquellos alimentos que hayan sido elaborados
    exclusivamente con aromas. Solo podrá utilizarse cuando el producto
    contenga trufa natural en cualquiera de sus especies.
  2. Porcentajes obligatorios: En los casos de productos trufados, será
    obligatorio indicar el porcentaje exacto de trufa utilizado, ya sea al lado de
    la denominación del alimento o en la lista de ingredientes.
  3. Claridad en los aromas: Los productos que utilicen aromas de síntesis
    o naturales que evoquen a la trufa deberán indicarlo claramente con
    fórmulas como “sabor a trufa” o “con aroma de trufa”, evitando cualquier
    confusión con el uso de ingrediente natural.
  4. Combinaciones honestas: Para los alimentos que mezclen trufa natural
    con aromas reforzantes, se deberá especificar mediante menciones como: Elaborado con trufa y aromas de trufa

Un impulso para el sector trufero español

Esta medida refuerza la Ley 28/2015 para la defensa de la calidad alimentaria. Para España, y especialmente para regiones productoras líderes como Aragón, esta resolución supone un respaldo institucional al esfuerzo de los truficultores. Al proteger el nombre del producto, se garantiza que el valor añadido llegue a quienes cultivan y recolectan la trufa natural, y no a quienes comercializan imitaciones aromáticas bajo nombres engañosos.

Hay que resaltar que esta norma es el resultado de los trabajos que se hicieron en el año 2022 por parte de la iniciativa TRUFA NEGRA DE ARAGÓN, constituida por las tres asociaciones de Truzarfa, Jóvenes Truficultores de Teruel y la Asociación de Recolectores y Truficultores de Aragón. Sin su impulso y
determinación y la presentación ante el ministerio, esta norma no se habría conseguido

Con este acuerdo, la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria asegura que España siga siendo un referente mundial no solo en producción de trufa, sino también en la protección y honestidad de sus productos transformados.

Sobre la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria: Es el órgano encargado de unificar criterios entre las administraciones públicas para garantizar el cumplimiento de la normativa de calidad, protegiendo los derechos de los consumidores y la lealtad en las transacciones comerciales.

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