Las terrazas podrán abrir de domingo a jueves hasta las 24 horas; y las noches del viernes, sábado y víspera de festivos, hasta la 1,30 horas

Se creará un grupo de trabajo para analizar y mejorar
la accesibilidad en las proximidades de los veladores

 

La Comisión de Pleno de Servicios Públicos y Movilidad ha dado luz verde por mayoría absoluta, a la propuesta de nueva Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Terrazas de Veladores. La nueva normativa será aprobada definitivamente en el próximo Pleno Municipal de Decretos y Proposiciones del 26 de mayo.

El texto final incluye distintas aportaciones de los diferentes grupos políticos municipales, culminando así un trabajo que es, en palabras de la consejera Natalia Chueca, «el fruto de muchos meses de trabajo y de diálogo tanto con el sector como con diferentes colectivos ciudadanos, así como con los grupos municipales. Queríamos una Ordenanza sólida que incluyera referencias claras a la actual realidad de la ciudad y sentara las bases para una normalización a corto y medio plazo de este tipo de establecimientos».

Apoyo al sector

Chueca ha recordado que, ante la situación sanitaria desencadenada el pasado año, «se ha intentado colaborar con el sector de la hostelería, uno de los más castigados por la pandemia pero que supone alrededor de 20.000 puestos de trabajo». Ese apoyo, que ha contado también con distintas medidas fiscales, ha tenido en la regulación de los veladores su elemento más determinante. «La actividad al aire libre se ha demostrado como la más segura, siempre y cuando se respeten las normas sanitarias. La posibilidad de ampliar las terrazas o incluso de disponer de ellas cuando antes no era factible ha salvado del cierre a numerosos bares y restaurantes de Zaragoza».

Sin embargo, estas facilidades para la actividad económica deben conciliarse con el derecho al descanso y a la accesibilidad, aspectos en los que la nueva Ordenanza incide de manera específica. Así, por ejemplo, los horarios nocturnos de apertura se modificarán, limitándose a las 12 de la noche de lunes a jueves −ahora está fijado a la 1,00− y a la 1,30 los viernes, sábados y víspera de festivos −actualmente se permite hasta las 2,00 horas−. En los barrios rurales se limita media hora la apertura en fines de semana, de las 3,00 a las 2,30 horas.

Las terrazas no porán ocupar más del 60% de la superficie de las plazas.

Las terrazas con más de 25 metros cuadrados de superficie deberán disponer de un sonómetro, para medir el nivel de ruido. Así, los propios hosteleros podrán comprobar que no rebasan los niveles máximos autorizados o adoptar las medidas necesarias para limitar las molestias a los vecinos.

Otro de los aspectos que se ha abordado de manera concreta en los trabajos previos a la redacción final de la Ordenanza es el de la accesibilidad. La disposición de las terrazas deberá mantener un paso peatonal continuo en línea recta de 1,80 metros de anchura a lo largo de la vía y, además, cuando la acera tenga una anchura libre superior a cuatro metros, deberá quedar para el tránsito peatonal, la mitad de la anchura de la acera.

El Gobierno, con la colaboración del área de Servicios Sociales, creará un grupo de trabajo a través de la futura Oficina de Accesibilidad y en el que colaborarían la ONCE y otros colectivos del sector, para analizar posibles mejoras en las zonas con mayor dificultad e incluso establecer de recorridos recomendados o llevar a cabo la instalación de pavimentos específicos.

Veladores en calzas

Respecto a las plataformas de veladores en calzada, la ordenanza establece que en ningún caso su colocación podrá suponer la supresión de más de una tercera parte de las plazas de estacionamiento disponibles en el correspondiente polígono de tráfico. La necesaria reserva de plazas para personas con discapacidad será en todo caso prioritaria.
La nueva Ordenanza regula la definición y características técnicas y estéticas que deberán tener las terrazas protegidas y las terrazas integradas. que ya fueron definidos hace unos meses a través de una Instrucción específica.

Respecto a la instalación de calefactores, únicamente se permitirá la colocación de calefactores eléctricos o de los que funcionan utilizando como fuente de energía pellets, biocombustibles u otras formas de energías alternativas y renovables. No obstante, si el desarrollo técnico crea aparatos que utilicen otras fuentes de energías alternativas y renovables, podrá autorizarse su instalación por acuerdo del órgano municipal

Finalmente, la normativa contempla, dentro de su régimen sancionador, la posibilidad de revocación de la licencia bajo determinadas circunstancias y, específicamente, cuando se acredite una inobservancia habitual de las condiciones esenciales de la misma.

Los titulares de las licencias deberán asegurar el mantenimiento de las terrazas y cada uno de los elementos que las componen en las debidas condiciones de limpieza. La zona ocupada por la terraza deberá mantenerse en permanente estado de limpieza, correspondiendo a ellos la limpieza de la superficie ocupada.

Además, a fin de prevenir que los clientes arrojen colillas u otros residuos al suelo, deberá dotarse a todas las mesas de recipientes adecuados para el depósito de los residuos que se generen.